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Según la Disposición Jurídica Resolución No. 54/14 del Instituto de Planificación Física:

Cuando quede concluida la obra, la persona lo solicita al funcionario de Planificación Física. Al solicitarlo sin concluir los términos de la Licencia de Construcción, es requisito indispensable para su otorgamiento que lo construido cumpla con lo establecido para ser considerada como una vivienda mínima adecuada, por lo que debe tener:

 A la solicitud del Certificado de Habitable por las personas naturales se acompaña:

Término: 30 días hábiles a partir de la presentación de la solicitud.